
El Gobierno de España ha publicado el BOE núm. 142, de 20/05/2020. En sus páginas 33600 a 33602, se encuentra la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo. En esta, se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El uso de mascarilla será obligatorio a partir de mañana, jueves 21 de mayo, para todas las personas mayores de seis años. Asimismo, se recomienda su uso en los niños de entre tres y cinco años. La mascarilla será obligatoria en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Esto, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. La mascarilla podrá ser de cualquier tipo, siempre que cubra nariz y boca, aunque se recomienda que sean del tipo higiénico y quirúrgico.
Hay ciertas excepciones en su uso. El uso de la mascarilla no será obligatorio para personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria. Tampoco lo será para aquellas personas en las que esté contraindicado por motivos de salud debidamente justificados. Asimismo, la mascarilla no será obligatoria durante el desarrollo de actividades incompatibles con su uso, como el consumo de comidas y bebidas. Por último, queda excluido el uso de las mascarillas en situaciones de fuerza mayor o situación de necesidad.
Comments are closed.
Super interesante el post!!!